UNA REVISIóN DE DECRETO 040 DE 2022

Una revisión de decreto 040 de 2022

Una revisión de decreto 040 de 2022

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3. En caso de entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, para que cada beneficiario pueda obtener la ayuda directa asignada será imprescindible que todos los municipios integrados en el ámbito de competencia del beneficiario con obligación legal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.

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c) Se procederá al reintegro total en el supuesto de no remitir la acreditación acerca del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Efectivo decreto-índole o las auditoríTriunfador o certificados de la intervención de la entidad local o autonómica correspondiente, según el tipo de beneficiario, recogidos en apartado 3 inicial, en el plazo de un año desde la solicitud oficial del mismo por parte de la Dirección Caudillo de Estrategias de Movilidad.

«10. Las exenciones en la cotización reguladas en la presente disposición adicional estarán condicionadas al mantenimiento en el empleo de las personas trabajadoras afectadas durante un mínimo de seis meses y un máximo de dos años siguientes a la finalización del periodo de vigencia del expediente de regulación temporal de empleo.

Sí. El Decreto 045 expedido por el Gobierno Doméstico modifica el valencia que debe pagarse por la expedición de certificados y otros actos.

5. Con la concesión de esta ayuda, la Comunidad Autónoma beneficiaria procederá a compensar proporcionalmente a las administraciones gestoras o empresas gestoras de los servicios de transporte terrenal colectivo correspondientes.

Más de dos primaveras a posteriori de la entrada en vigor de la citada clase, ha devenido increíble el cumplimiento tanto del objetivo admitido previsto como de la política del Gobierno en esta materia en el plazo arreglado que se proponía, generando una disfunción en la aplicación de la disposición adicional novena de la referida condición que no sería satisfecha recurriendo al procedimiento normativo ordinario, lo que justifica la extraordinaria y urgente carencia de aprobación de esta medida a través de este Efectivo decreto-condición.

Quedan excluidos los cobros adicionales por exceso de uso de acuerdo con el tiempo mayor establecido para cada delirio y los títulos turísticos, ocasionales o de naturaleza similar.

Cambios en la normatividad: La normatividad en Colombia cambia constantemente, por lo que es importante refrescar la matriz lícito para reflejar estos cambios.

Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 del artículo 127 segunda vez del texto refundido de la Condición Caudillo de la Seguridad Social, ratificado por el Existente Decreto Asamblea 8/2015, de 30 de octubre, en el caso de los trabajadores incluidos en los grupos segundo y tercero del Régimen Singular de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar a los que se refiere el artículo 10, la cotización adicional finalista que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social se calculará sobre el coste resultante de aplicar a las bases de cotización por contingencias comunes los coeficientes correctores a los que se refiere el artículo 11.

1. En el primer trimestre de 2025 la Dirección Caudillo de Transporte por Carretera y Ferrocarril abonará, en concepto de avance a cuenta de las medidas de reducción del precio de los abonos y títulos multiviaje establecidas en este capítulo y en el apartado segundo del artículo 63, a cada individualidad de los concesionarios de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de competencia de la Oficina Caudillo del Estado, sin perjuicio de la situación administrativa en la que se encuentre la concesión, la cantidad resultante de aplicar el 10 % al total de los ingresos por saldo de títulos correspondientes al examen 2019, tal y como quedó acreditado en la presentación de las cuentas conforme a lo establecido por la Orden PRE/907/2014, de 29 de mayo, por la que se implanta un maniquí de contabilidad analítica en las empresas contratistas que prestan los servicios de transporte regular de viajeros de uso general correspondientes a dicho control.

6. El trabajador autónomo, durante el tiempo que esté percibiendo la prestación, deberá permanecer en suscripción en el régimen de Seguridad Social correspondiente e ingresar en la Pagaduría Caudillo de la Seguridad Social la totalidad de las cotizaciones aplicando los tipos vigentes a la saco de cotización correspondiente. La mutua colaboradora o, en su caso, el Instituto Social de la Cuadro abonará al trabajador autónomo, unido con la prestación por cese en la actividad, el coste de las cotizaciones por contingencias comunes que le hubiera correspondido ingresar de encontrarse el trabajador autónomo sin desarrollar actividad alguna, en aplicación de resolución 0312 de 2019 de que habla lo dispuesto en el artículo 329 del texto refundido de la Condición General de la Seguridad Social.

3. Desde el 1 de enero de 2025, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 segunda vez y en la disposición transitoria cuadragésima segunda del texto refundido de la índole Militar de la Seguridad Social, se deberá efectuar una cotización por el importe de las retribuciones a las que se refiere el artículo 147 del citado texto refundido, que supere el coste de la pulvínulo máxima de cotización establecida para las personas trabajadoras por cuenta ajena del doctrina de la Seguridad Social a los que resulte de aplicación dicho artículo.

a) A tal objeto, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social o el Instituto Social de la Óleo alcanzarán de la Delegación tributaria correspondiente los datos tributarios relativos a los dos últimos trimestres de 2019 y 2024.

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